Los regímenes democráticos y la comunidad internacional han realizado grandes esfuerzos durante el siglo XX para erradicar la tortura. Pero, las Naciones Unidas y una larga lista de organismos internacionales afirman que continúa practicándose en el siglo XXI a pesar de la ratificación de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Desde su entrada en vigor en 1987 y hasta 2022, 173 países se comprometieron en tomar medidas legislativas, administrativas, judiciales o de otra índole, eficaces para impedir los actos de tortura en todo territorio que esté bajo su jurisdicción.
Los actos de tortura, además de contrarios a los derechos humanos, constituyen un ataque a los valores morales de la sociedad moderna, a los compromisos y progresos del derecho internacional; sobre todo, son contrarios al Estado democrático y ajenos a sus sistemas de justicia. En cambio, en las autocracias la tortura ocupa un lugar central dentro de los mecanismos represivos contra los opositores, críticos o disidentes.
Jeremy Waldron en su libro Tortura, terror y compensaciones: filosofía para la Casa Blanca (2010) invita a reflexionar sobre el porqué su prohibición es absoluta y constituye un arquetipo del estado de derecho y del espíritu demócrata. Tolerarla o impulsarla como práctica justificada en nuestros tiempos, nos precipita a la barbarie y la brutalidad.
Por su parte, Luigi Ferrajoli en su presentación al libro Privación de la libertad y derechos humanos. La tortura y otras formas de violencia institucional en el estado español, titulada “La batalla contra la tortura: la batalla de la razón” comenta que :
“Lo que caracteriza la tortura… es… su eliminación de la mirada pública, en un doble sentido. Por un lado, porque la tortura se consuma en secreto, en los cuarteles, en las cárceles, en las comisarías de policía, en el tête à tête entre inquisidor e inquirido. Por otro, porque la tortura no es nunca, diría que casi por principio, objeto de estudio…”
Y es justamente, lo que pretendemos que se lleve a cabo en este número especial de la revista TraHs; es decir, al hablar de tortura(s) “romper en el terreno cívico, político, además de científico” con el secreto” “el silencio” y la “invisibilidad” que rodean a la tortura, en violación de los derechos más elementales, de “los lineamientos básicos de la democracia y del estado de derecho”.
El objetivo aquí es contribuir a la construcción de conocimientos que permitan alertar sobre este tipo de abuso(s) y sobre lo que deben representar los valores democráticos desde reflexiones teóricas, estudios empíricos, estudios de caso o propuestas epistemológicas, con enfoques jurídico, sociológico, psicológico… textos sobre los contextos de incidencia, testimonios de los efectos que produjeron los actos de tortura sobre personas sobrevivientes, grupos vulnerables que sufrieron tortura(s), métodos o clasificación de formas de tortura (s) y su aplicación; casos exitosos de prevención, atención, investigación, sanción o reparación, en cualquier lugar del mundo donde existan conflictos, terrorismo, crimen organizado, represión,….